La sucesión es la substitución o subrogación de una persona en la herencia de otra y se defiere por testamento o por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria y la segunda legítima o intestamentaria, puede ser judicial en los estrados de los juzgados o extrajudicial ante notario.

La herencia es el conjunto de los bienes de una persona física cuando ésta fallece y de todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

Requisitos:
Testamento (si aplica)
Identificación de los herederos
Acta de defunción
Acta de matrimonio del de cujus
Actas de nacimiento de los presuntos herederos




Datos generales de los herederos y albacea:
Nombre
Nacionalidad
Estado civil
Lugar de nacimiento
Fecha de nacimiento
Ocupación
R.F.C.
C.U.R.P.
Domicilio








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